¿Cuáles son sus diferencias principales?
Según E. Echeburúa, J. M. Muñoz e I. Loinaz (2011), “la evaluación clínica tiene como objetivo principal de su actuación poder llevar a cabo una posterior intervención terapéutica; la forense, analizar las repercusiones jurídicas de los trastornos mentales. Las diferencias en relación al contexto de aplicación (clínico o judicial) y al objeto de la demanda (asistencial o pericial) marcan las características propias que adquiere el proceso de evaluación psicológica en cada uno de los dos ámbitos (Ackerman, 2010)”.
Profundizando un poco más
En cuanto al tipo de evaluación, la clínica se centra principalmente en la psicopatología que presenta el sujeto como eje principal de la intervención posterior, mientras que en el caso de la forense, la psicopatología tiene importancia en cuanto a las repercusiones que puede tener se refiere.
Asimismo, como mencionan los autores señalados anteriormente, “la evaluación psicológica forense se encuentra con algunas dificultades específicas, como la involuntariedad del sujeto, los intentos de manipulación de la información aportada (simulación o disimulación) o la influencia del propio proceso legal en el estado mental del sujeto (Esbec y Gómez-Jarabo, 2000)”.
Diferencias principales respecto a los instrumentos de evaluación
Otro aspecto fundamental en el que surgen diferencias es el relacionado con los instrumentos utilizados, siendo, entre otros, fundamental la entrevista semiestructurada en la evaluación forense, que constituirá el aspecto central del dictamen o informe pericial. Asimismo, también es importante el uso de diversos test que se utilizarán como complemento a la entrevista.
Acerca de la detección de la simulación
La simulación consiste en la creación voluntaria de síntomas que pueden encajar dentro de algunos trastornos psicológicos, con el objetivo fundamental de conseguir algún beneficio o ganancia. Y, como se ha señalado, este es uno de los principales retos de la evaluación psicológica forense.
Como señalan los autores, “los trastornos mentales más propicios para el fingimiento (simulación) son el trastorno de estrés postraumático, los cuadros psicóticos, las demencias, las toxicomanías, los trastornos disociativos y el retraso mental. Ciertos trastornos de personalidad, como el antisocial o el histriónico, facilitan la existencia de la simulación. A su vez, la ocultación de síntomas para conseguir algún beneficio (disimulación) -en todo caso, menos frecuente que la simulación- es más habitual en la depresión, en la paranoia y en el alcoholismo (Delgado, Esbec y Rodríguez, 1994)”.
Respecto al informe psicológico pericial
En primer lugar, señalar que está sujeto al principio de contradicción, lo que significa que las partes pueden analizarlo y someterlo a una crítica, como puede ser la realización de un contrainforme.
Asimismo, es necesario señalar que no es estático, sino que está sujeto al momento temporal en el cual se realiza la evaluación y el informe.
Respecto al código deontológico
Mientras que el informe clínico está sujeto a secreto profesional, en el forense no ocurre así ya que, al estar solicitado dentro de un proceso judicial, puede ser consultado por las partes, por lo que no está sometido al principio de confidencialidad.

Por todo ello, si tienes cualquier duda o necesitas asesoramiento de cualquier tipo, puedes informarte a través de los profesionales de Psicalma.